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quarta-feira, 3 de dezembro de 2008

La Profesión en la OFS: Don y Compromiso

CAPÍTULO GENERAL
DE LA ORDEN FRANCISCANA SEGLAR

15-22 noviembre, 2008

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LA PROFESIÓN EN LA OFS:

DON Y COMPROMISO

Fr. Felice Cangelosi OFM Cap

I. La Profesión don del Espíritu

Los hermanos y hermanas llamados a la vida franciscana en la Fraternidad Secular, emiten su Profesión dentro de una celebración específica según el Ritual propio de la OFS.

Este aspecto no se debe descuidar, pues la celebración constituye el momento fundante del ser del profeso y, simultáneamente, es la premisa dialógica para una respuesta a la acción de Dios.

En efecto, las consecuencias del compromiso expresado por el hombre por medio de una promesa, tienen su origen en un compromiso anterior, el de Dios para con el hombre.

La celebración de la Profesión da testimonio de todo esto porque es acción de Dios y evento de salvación. Es un momento en que la salvación alcanza a los fieles

1. dándoles la capacidad de emitir la promesa de vida evangélico-franciscana y

2. produciendo en ellos particulares efectos de gracia, que les cualifican para tareas específicas en el seno del pueblo de Dios.

Sólo un hombre santificado en la acción litúrgica, donde experimenta la inmensidad y la fuerza del amor de Dios, puede ser capaz de una respuesta de amor. Por otra parte, en la celebración se refleja el sentir de la Iglesia acerca de la Profesión en la Orden Franciscana Seglar. En efecto, la liturgia siempre es confessio fidei, porque en ella, es decir en su realización durante la acción ritual, la Iglesia proclama de manera auténtica la propia fe en el Misterio de la Salvación que se hace real en los fieles y por medio de los fieles.

1. La gracia de la Profesión

Quien emite la Profesión en la OFS dice: “Habiendo recibido esta gracia de Dios, renuevo las promesas del Bautismo y me consagro al servicio de su Reino” (Rito de la Profesión).

La dedicación al servicio del Reino se realiza porque es el Señor quien da la gracia de consagrarse a la causa del Reino.

La Profesión es gracia y don del Espíritu.

No sólo el Espíritu Santo es la fuente de la vocación de los franciscanos seglares (Const. Gen. 11), pues ellos son impulsados por el Espíritu a alcanzar la perfección de la caridad en su estado seglar (Regla 2); también la Profesión es también obra del mismo Espíritu. Por tanto, las “Notas preliminares” (n.7) del Ritual afirman que “el ritual OFS ha de manifestar claramente el don del Espíritu y el propósito (intención) de vida evangélica propio de la Orden Franciscana Seglar”.

La referencia subraya primero el don del Espíritu y, después, el propósito de vida evangélica, pues esto no se podría pensar y tampoco sería posible sin la previsora e inspiradora gracia del Espíritu. Por esta misma razón, los candidatos declaran su propósito de vida evangélica después de que sobre ellos ha sido invocado el Espíritu Santo:

Te rogamos, Señor, que mires a éstos tus siervos e infundas en sus corazones el Espíritu de tu amor, para que, con tu gracia, puedan mantener el compromiso de vida evangélica” (Ritual II, 30).

2. La Profesión: acción de la Iglesia

La Profesión se realiza por una intervención de Dios.

Pero como Dios actúa siempre a través de Cristo, cuya sacrosanta Humanidad es el punto de encuentro entre Dios y el hombre, y hoy Cristo vive y obra por medio de la Iglesia, en consecuencia la Profesión es simultáneamente acción de Cristo y de la Iglesia, es decir de todo el Cuerpo de Cristo: la Cabeza y sus miembros.

Es significativo el lenguaje de las Constituciones (42,1), que definen la Profesión como un acto (acción) eclesial solemne, y del Ritual (Anotaciones Previas, n.13) que la declara por su naturaleza un acto público y eclesial.

Se trata de ambas cosas: la Profesión no sólo es una acción, sino también un acontecimiento, o mejor aún, un evento, un kairòs salvífico.

3. Profesión y Fraternidad

Quedando claro que la Profesión, por su naturaleza, es un hecho eclesial, una acción de Cristo y de la Iglesia, cabe preguntarse quiénes son los sujetos que concretamente ponen tal acción, o mejor dicho, cómo y en quién se hace visible y se manifiesta la acción de Cristo y de la Iglesia.

Por “Iglesia” el Ritual entiende una concreta asamblea litúrgica, constituida por el pueblo y la comunidad de los hermanos, o sea por la fraternidad local de la Orden Franciscana Seglar.

La fraternidad local en primer lugar hace visible la presencia y la acción de la Iglesia en la Profesión. Por tanto: “la Profesión, desde el momento en que por su naturaleza es un acto público y eclesial, debe celebrarse en presencia de la Fraternidad.” (Ritual, Anotaciones Previas, n.13).

La razón última de tal disposición se encuentra en la realidad de la fraternidad local: ella es un signo visible de la Iglesia, que es comunidad de fe y de amor (Regla, 22; Ritual II, 29 d). La fraternidad local es/debe ser un genuino cenáculo eclesial. En virtud de esta misma razón intrínseca, “los Franciscanos Seglares celebran el misterio de la Salvación reunidos en Fraternidad y en unión espiritual con todo el pueblo de Dios, que se nos ha revelado y comunicado en Jesucristo, con oraciones y acciones de gracias, y renovando los compromisos de una vida nueva (Ritual, Anotaciones Previas, n.3).

Por esta razón la Profesión se emite delante de la fraternidad reunida y la fraternidad acoge la petición de los candidatos, siendo la Profesión un don que el Padre hace a la misma fraternidad asociándole nuevos miembros.

Agradecida por el don, la Fraternidad se une a la oración de los que van a profesar, para que el Espíritu Santo lleve a cabo la obra por Él empezada.

El Ritual desarrolla sucesivamente las relaciones con la Fraternidad, creadas por la Profesión o el compromiso de vida evangélica.

Ésta produce la “incorporación a la Orden Franciscana Seglar”; implica, por tanto, la inserción vital en una familia, la Franciscana, con todas las consecuencias que se derivan de la pertenencia a la misma familia espiritual.

Al mismo tiempo, la Profesión determina una reciprocidad de actitudes, sentimientos, relaciones, deberes, derechos, etc.

Las “Anotaciones Previas” (n.14) del Ritual, hablando de la naturaleza de la Profesión en la OFS, dicen que ésta comporta la “confianza del candidato, basada en el apoyo de la Regla de la O.F.S. y de la Fraternidad. En efecto, el candidato se siente conducido y ayudado por la Regla, aprobada por la Iglesia, y experimenta el gozo de compartir con muchos hermanos el itinerario de la vida evangélica, de quienes recibirá ayuda, a su vez, él puede prestar la suya. Incorporado a la Fraternidad local, que es una célula de la Iglesia, aportará su colaboración personal a la renovación de toda la Iglesia”.

En estas afirmaciones del Ritual se vislumbra:

- el fundamento litúrgico de la Fraternidad, que es justo una reciprocidad, precisamente como la entendía S. Francisco;

- el fundamento litúrgico de la pertenencia a la Orden Franciscana Seglar.

Por esta razón en el Rito de la Profesión se invoca: “La gracia del Espíritu Santo, la intercesión de la Bienaventurada Virgen y de san Francisco y la comunión fraterna me asistan siempre para conseguir la perfección de la caridad cristiana(Ritual II, 31).

La misma instancia la expresa el ministro de la Fraternidad que recibe la Profesión: “Demos gracias a Dios. Como Ministro te recibo en esta Fraternidad de la Orden Franciscana Seglar. Tu incorporación a ella es motivo de alegría y esperanza para todos los hermanos(Ritual II, 32).

De los textos citados emergen dos valores fraternos de la Profesión en la Orden Franciscana Seglar.

1. La Profesión conlleva y hace que el candidato se encomiende o se entregue a la Fraternidad. Con la Profesión se establece una alianza con los Hermanos, que nunca es lícito vulnerar. El valor sagrado de la Profesión, por medio de la cual se contrae un compromiso con Dios (Regla 2; Const 42,2), tiene unos aspectos fraternos esenciales que se pueden entender y vivir a la luz del mismo “pacto jurado” con Dios.

2. Con el fundamento litúrgico, la Profesión determina la incorporación a una fraternidad local y, por medio de ella, a la Orden Franciscana Seglar. Así es como se percibe cómo la realidad que tiene origen en la celebración de la Profesión no es de naturaleza demográfica (un simple “apuntarse a la OFS”), aunque sí es necesario levantar acta de la Profesión. Aún teniendo valor jurídico, el concepto y la realidad de la incorporación supera las mismas connotaciones e indica la inserción en un cuerpo vivo y la fusión con el mismo organismo, en el cual se va a constituir una única realidad. La incorporación comporta la transformación de más realidades en una sola a través de un proceso de absorción y de asimilación. Esta no se puede pensar en simples términos adicionales (uno + uno), porque determina una relación de extensión de uno (el candidato) en la otra (la fraternidad) y viceversa, para dar origen a un ser viviente más grande y completo.

Con razón, como conclusión del rito de iniciación, el ministro se dirige a los nuevos miembros de la fraternidad diciéndoles: “Impulsad nuestra Fraternidad con el número, la presencia y la comunión” (Ritual I, 16).

Por tanto, las relaciones fundadas con la Profesión y desde la Profesión son de orden espiritual y eclesial, en cuanto la fraternidad local a la que se incorpora el candidato, es “la primera célula de toda la Orden y signo visible de la Iglesia, que es una comunidad de amor” (Regla 22; Const 47,1).

4. Los ministerios en la celebración de la Profesión

La acción de la Iglesia-Fraternidad celebrante se especifica en una multiplicidad de ministerios, ejercidos por personas que, en la asamblea litúrgica, están llamadas a desempeñar particulares funciones.

4.1 Los candidatos

La acción de Cristo y de la Iglesia se expresa en la persona de los candidatos, que celebran el acto de la Profesión comprometiéndose a una vida evangélica. Son bautizados.

En consecuencia la Profesión es una acción sacerdotal, propia de quien, en virtud del Bautismo, pertenece a la Iglesia, Cuerpo Sacerdotal, y está conformado a cristo, Sacerdote, rey, y profeta.

Los candidatos son o deberían de ser confirmados. De consecuencia, la Profesión es la acción sacerdotal, propia de quien, habiendo una vez más recibido el don del Espíritu en la Confirmación, ha sido capacitado y purificado para celebrar la Eucaristía y los Sacramentos, para colocar su vida en posición sacerdotal-cultual y, en consecuencia, para situar el acto sacerdotal de la Profesión.

4.2 El ministro de la Fraternidad

La acción de la Iglesia se hace visible concretamente también en la presencia del ministro de la Fraternidad. Esto lo dicen con claridad las Constituciones y el Ritual:

“La Profesión la recibe el Ministro de la Fraternidad local o un delegado suyo, en nombre de la Iglesia y de la OFS” (Const, 42,3)

“La Iglesia acepta el compromiso y la profesión de aquellos que acceden a la vida y Regla de la Orden Franciscana Seglar por medio del sacerdote y por el Ministro que representa a la Fraternidad” (Ritual, 9).

La Iglesia actúa mediante el sacerdote y mediante el ministro, que representa a la Fraternidad y a la Iglesia. El Ritual define con mayor claridad el papel del ministro de la Fraternidad y del presbítero que preside la celebración, cuando afirma:

El compromiso de vida evangélica es recibido por el Ministro en nombre de la Iglesia y de la Fraternidad. El sacerdote preside este rito como testigo de la Iglesia y de la Orden(n.16).

En la celebración de la Profesión el ministro de la Fraternidad ejerce un verdadero y propio ministerio litúrgico y tiene la función de “signo”: hace presente y manifiesta la presencia y la acción de la Iglesia, mientras que la misma Iglesia y la fraternidad reciben la Profesión a través del Ministro.

4.3 El presbítero

También el presbítero que preside la celebración es definido “testigo de la Iglesia y de la Orden” (Ritual, Anotaciones Previas, n.17).

Para comprender la naturaleza de tal testimonio, es necesario superar las categorías jurídicas, en cuanto la acción o el evento de la Profesión es de naturaleza sacramental. En consecuencia, el testimonio del presbiterio no es jurídico, sino más bien sacramental y de santificación.

Claramente en la celebración de la Profesión el presbítero desempeña el papel de garante.

Ante los acontecimientos decisivos, que involucran e interesan la existencia de los cristianos, la Iglesia asume siempre una actitud de trepidación. En las acciones litúrgico-sacramentarias se subraya la realidad de la Ecclesia Mater, legítimamente preocupada por la suerte de sus hijos. De allí tienen su origen y su justificación los escrutinios o las preguntas dirigidas a los padres antes del Bautismo, a los confirmandos, a los que van a ser ordenados, a los novios antes de pronunciar su consenso matrimonial, a los que van a emitir los votos religiosos o el propositum castitatis. De aquí brotan y encuentran su justificación también las preguntas que se dirigen a los que quieren hacer su Profesión en la Orden Franciscana Seglar.

Hacer tales preguntas y recibir una respuesta le compete al presbítero, porque es a través de él que la Iglesia quiere estar segura de que se tiene conciencia del significado de la Profesión de parte de aquellos que desean formar parte de la Orden Franciscana Seglar y de sus reales intenciones. No sólo esto; en cuanto acción eclesial y porque ella, la Profesión en la Orden Franciscana Seglar precisa ser confirmada por la Iglesia. También esta confirmación le compete al presbítero, que, después de la lectura de la fórmula de Profesión por parte de los candidatos, dice: “En nombre de la Iglesia, yo confirmo vuestros compromisos” (Ritual II, 33).

En consecuencia, en la celebración de la Profesión, el presbítero es:

  • testigo que atestigua y manifiesta la presencia y la acción de la Iglesia;
  • garante, que avala a la Iglesia sobre la idoneidad de los candidatos;
  • ratificador que confirma los compromisos en nombre de la Iglesia.

5. El don del Espíritu en la celebración de la Profesión

Además de esto el papel del presbítero va más allá para alcanzar la función de santificar, que es propia de las acciones litúrgicas.

También la celebración de la Profesión en la Orden Franciscana Seglar tiene como finalidad la santificación de todos aquellos que están llamados a seguir a Cristo según el ejemplo de San Francisco de Asís, aún permaneciendo en su estado secular.

La santificación siempre es obra del Padre, sin embrago ésta pasa a través de la mediación de Cristo y de la Iglesia, y se realiza en el Espíritu Santo. Luego la mediación de Cristo y de la Iglesia se manifiestan, sobretodo, en la acción el presbítero, porque sólo él es quien actúa in persona Christi.

A la luz de estas premisas el Ritual de la Profesión afirma:

“La Iglesia acepta el compromiso y la profesión de aquellos que acceden a la vida y Regla de la Orden Franciscana Seglar por medio del sacerdote y por el Ministro, que representa a la Fraternidad; pide para ellos la ayuda y la gracia de Dios con su oración pública; imparte sobre ellos su bendición y asocia su compromiso o profesión al sacrificio eucarístico.” (A. Previas, n.9)

Los elementos que nacen del dictado del Ritual resultan verdaderamente fundamentales para comprender no sólo la función de la Iglesia en la celebración de la Profesión. El texto vuelve a proponer la necesidad de la confirmación de la Profesión por parte de la Iglesia, pero, al mismo tiempo, también se subraya que la Iglesia está presente en la celebración de la Profesión para orar, invocar. La Iglesia invoca sobre los que hacen la Profesión las ayudas y la gracia de Dios, y sobretodo imparte la bendición.

En la acción litúrgica de la Profesión en la Orden Franciscana Seglar se invoca al Espíritu Santo así como se invoca en la celebración de la Eucaristía y de los demás Sacramentos, en la Profesión religiosa, en la Consagración de las Vírgenes, etc. Por lo tanto, la celebración de la Profesión se configura como epíclesis[1], en virtud de la invocación eclesial que pide el don de la gracia y la efusión (infunde) del Espíritu Santo sobre los que han sido llamados a seguir las huellas de Cristo en la vida evangélica franciscana.

En cada celebración litúrgica, y por lo tanto también en la celebración de la Profesión, el Espíritu invocado, viene, se hace presente, actúa y transforma. Por eso la Profesión se configura como un Pentecostés, una efectiva epifanía del Espíritu que consagra y transforma a los que hacen su compromiso de vida evangélica en la Orden Franciscana Seglar.

6. Profesión y Eucaristía

Por medio del presbítero la Iglesia asocia el compromiso o Profesión al sacrificio eucarístico. El Ritual reserva una atención particular a este aspecto, prescribiendo que el “Rito del Compromiso de vida evangélica o Profesión se tiene que celebrar durante la Misa”.

En la Eucaristía, la celebración de la Profesión expresa la intrínseca dimensión de oblación y sacrificio de la Profesión de vida evangélica en la Orden Franciscana Seglar.

En la Profesión, manifestada ante la Fraternidad y la Iglesia, se manifiesta la realidad de sacerdotes y víctimas, propia de los candidatos que, haciendo su compromiso de vida evangélica, dan su entera disponibilidad a Dios y ponen su propio cuerpo (persona) sobre el altar del sacrificio de Cristo como víctima santa, agradable a Dios.

Se hace visible en todo esto la íntima relación entre la Profesión y la Eucaristía, en la que se hacen presentes simultáneamente y sacramentalmente tanto el sacrificio que Cristo- sacerdote hace de sí mismo al Padre, como el sacrificio que los neoprofesos hacen de sí al Padre.

Lo que afirmamos de la celebración de la Profesión tiene también valor para la vida que parte de la misma acción ritual, porque ésta es el fundamento de una existencia cristiana intrínsecamente marcada por una connotación litúrgica y polarizada a la permanente glorificación de Dios.

En efecto, la Profesión, no es un acto instantáneo, y ni siquiera una acción aislada de la vida; al contrario, es un compromiso de vida y para la vida. El acto de la Profesión, circunscrito en el tiempo, determina una nueva situación existencial, coloca en el “estado” de profesos, y esta es una condición permanente, que hay que vivir a la luz de su acción fundante en la celebración, intrínsecamente unida a la Eucaristía.

En consecuencia, la relación Profesión-Eucaristía tiene que ser vivido a lo largo de toda la vida, que adquiere plena autenticidad cuando está acompasada por la Eucaristía (ab Eucaristia ad Eucharistiam). Por esta razón, introduciendo la celebración del compromiso de vida evangélica o Profesión, un hermano seglar o el mismo celebrante amonesta a los presentes con éstas o parecidas palabras:

“En la acción de gracias (eucaristía) al Padre por Cristo, hoy tenemos un motivo nuevo de agradecimiento, …Llamados al seguimiento de Cristo, que se ofreció a si mismo al Padre como hostia viviente para la vida del mundo, somos invitados con insistencia, especialmente hoy, a unir nuestra oblación con la de Cristo (Ritual II, 24)

En la Eucaristía, en efecto, tiene que manifestarse sacramentalmente la perpetua oblación, expresada en el momento de la Profesión; y de la Eucaristía tiene que fluir en la vida de los profesos la eficacia del sacrificio de Cristo; que confirma y sella el compromiso de vida evangélica, constantemente repropuesto para que la vida del franciscano seglar asuma el ritmo de un desarrollo cada vez mayor, a la luz del mismo acontecimiento inicial de la Profesión.

7. Bautismo y Profesión

Siendo una acción de la Iglesia, la Profesión de compromiso evangélico en la Orden Franciscana Seglar produce unos efectos eclesiales. Lo afirma claramente la Regla en uno de sus artículos más densos de contenido teológico:

Sepultados y resucitados con Cristo en el bautismo, que los hace miembros vivos de la Iglesia, y a ella más estrechamente vinculados por la Profesión, háganse testigos e instrumentos de su misión entre los hombres, anunciando a Cristo con la vida y con la palabra.” (Regla, 6).

El elemento primario que emerge de este fundamental dictado de la Regla, es la relación Bautismo-Profesión, de la que brotan las relaciones del franciscano seglar con la Iglesia. Las Constituciones y el Ritual insisten sobre la relación entre el Bautismo y la Profesión. Los textos legislativos y litúrgicos de la Orden Franciscana Seglar traen de nuevo a la mente y al corazón de los franciscanos seglares la realidad del Bautismo. Esto es gracia y don inestimable, que:

- produce una consagración;

- representa sacramentalmente el misterio pascual de Cristo muerto, sepultado y resucitado;

- hace miembros vivos de la Iglesia-Pueblo de Dios

La adhesión a la Orden Franciscana Seglar y a la Profesión en ella tienen como finalidad «vivir con mayor empeño y fidelidad la gracia y la consagración bautismal» (Ritual I, 12). El empeño y la diligencia de vivir el Bautismo, de por sí demandada a todos los cristianos, para los franciscanos seglares, después de la Profesión, se da como consecuencia de una acción litúrgica y de un evento salvador que incide sobre el mismo Bautismo.

Nos parece, por tanto, poder afirmar que si es verdad que el Bautismo es «uno» y la Profesión no se considera como un «nuevo» Bautismo, es también verdad que la Profesión produce unos efectos particulares sobre el organismo sobrenatural del cristiano, generado por el Bautismo. El Ritual da luz a la acción específica de la Profesión sobre el Bautismo, utilizando los verbos renovar, manifestar, actuar.

7.1 Memoria del Bautismo

La Profesión trae a la memoria la consagración y las promesas del Bautismo. Por esa razón, con absoluta precisión, la Profesión en la Orden Franciscana Seglar ha sido definida como «Memoria del Bautismo».

Pero el término «memoria» no tiene su sentido común, según el cual nosotros «recordamos», es decir vamos a nuestro pasado, sino según un movimiento que del pasado alcanza el presente, por el cual cuanto a sucedido en el pasado, por la fuerza del Espíritu Santo, está ahora presente y es eficaz. Está aquí el sentido bíblico de «memorial», y es a la luz de él que se debe entender la Profesión como memoria viviente del Bautismo. En ese sentido «hacer memoria» significa volver al Bautismo, pero también permitir que el Sacramento del cual ha comenzado nuestra vida renueve la vida actual.

7.2 Actuación del Bautismo

La profesión, por tanto, conlleva un particular modo de revivir el sacramento del Bautismo y una revitalización del mismo.

De hecho el Ritual (Anotaciones previas, 1) habla de la «gran estima por el don del Bautismo» que «en ellos se revela de manera cada vez más plena y fructífera si actúa». El lenguaje usado es muy similar al que los documentos del Concilio Vaticano II y del Postconcilio usan hablando de la Profesión de los religiosos: ésta es «una especial consagración que tiene sus profundas raíces en la consagración bautismal, y es una expresión más perfecta de ella» (PC 5 a).

La Profesión de los religiosos al igual de la de los franciscanos seglares se considera como una epifanía del Bautismo, y no solo esto sino también una actuación suya más completa y fructuosa o una expresión más perfecta.

Se percibe así cómo la Profesión produce una fructificación, un refuerzo y un enriquecimiento del Bautismo. En la celebración de la Profesión la específica vocación franciscana seglar, confirmada por la acción corroborante (robur – roborare) del Espíritu, enriquece el organismo bautismal y le confiere plenitud para el testimonio de Cristo y la edificación del Cuerpo eclesial. Por ello, a través de la Profesión las potencialidades implícitas en el Bautismo se explicitan y se llevan a la acción, porqué la Profesión actúa sobre el Bautismo, en él incide, lo marca y lo desarrolla, funda una novedad y produce una nueva efusión del Espíritu.

8. La relación con la Iglesia

La relación fundamental del cristiano con la Iglesia se establece desde el Bautismo, porque es el que introduce en el Pueblo de Dios-Cuerpo de Cristo, a los hijos regenerados por el agua y el Espíritu.

De la Profesión nace una nueva relación con la Iglesia, o mejor dicho, la fundamental relación bautismal, renovada ya y perfeccionada en la Confirmación, se hace más «fuerte» y más «estrecha». Dice, de hecho, la Regla de la Orden Franciscana Seglar:

«Sepultados y resucitados con Cristo en el Bautismo, que los hace miembros vivos de la Iglesia, y a ella más estrechamente vinculados por la Profesión…» (Regla 6).

Lo repite el Ritual cuando pide a los que profesan:

«Constituidos, por el Bautismo, miembros del Pueblo de Dios, fortalecidos en la Confirmación por el don renovado del Espíritu Santo,… ¿queréis servir más fielmente a la Iglesia...?» (II, 29).

De los textos ahora referidos no se deduce que la Profesión inicie una nueva relación con la Iglesia; simplemente se entiende que afirma que la Profesión en la Orden Franciscana Seglar desarrolla e intensifica la relación del bautizado-confirmado con la Iglesia. Pero del vigor del lenguaje de los textos se deduce también la profundidad de la relación del franciscano seglar profeso con la iglesia. Sin ser diferente de aquella del simple bautizado-confirmado, ésta es una relación más fuerte y más estrecha (fortius et actius).

9. Testigos e instrumentos de la misión de la Iglesia

Algo se preocupan los documentos de relacionar el vínculo más fuerte con la Iglesia, cuya máxima expresión es la Profesión, con la misión eclesial de los franciscanos seglares.

De hecho:

- «Sepultados y resucitados con Cristo en el Bautismo, que los hace miembros vivos de la Iglesia, y a ella más estrechamente vinculados por la Profesión, háganse testigos e instrumentos de su misión entre los hombres, anunciando a Cristo con la vida y la palabra».

- «Inspirados en San Francisco y con él llamados a reconstruir la Iglesia, empéñense en vivir en plena comunión con el Papa, los Obispos y los sacerdotes, en abierto y confiado diálogo de creatividad apostólica» (Regla 6)

Todo lo que contiene la Regla queda ampliado y desarrollado en las Constituciones y en el Ritual y junto a los documentos emergen los rasgos esenciales de la misión de los franciscanos seglares, intrínsecamente orientada a la construcción de la Iglesia.

El recurso frecuente de los documentos al término construir-construcción es particularmente significativo porqué evoca inmediatamente la misión confiada a Francisco por el Crucifijo de San Damián y es típico del Franciscanismo y de su específica índole eclesial. Francisco y sus hijos han recibido del Señor el don de sumergirse en el tejido vital del Pueblo de Dios para que este pueda erguirse sobre el mundo y vivir en él como «sacramento universal de salvación».

Sin embargo, la misión de los franciscanos seglares no se define en función de particulares actividades a desarrollar, sino en función de su ser.

«La fidelidad al propio carisma, franciscano y seglar, y al testimonio de sincera y abierta fraternidad, son su principal servicio a la Iglesia. Sean reconocidos en ésta por su «ser» del que emana su misión» (Const 100,3).

Consecuentemente el interés de la Regla, de las Constituciones y del Ritual es el de evidenciar la instancia de una auténtica vivencia eclesial, conforme al vínculo más fuerte y más estrecho que los franciscanos seglares, a través de la Profesión, han contraído con la Iglesia. Éste es sobretodo un vínculo de comunión; y este es el elemento base de la Iglesia que se afirma a nivel concreto y existencial, en la vida de cada día. El deber del testimonio, al que primero en el Bautismo y luego en la Profesión dirigen a los franciscanos seglares, brota precisamente de la íntima esencia de la Iglesia, que es la comunión de fe y de amor.

La insistencia de la Regla y las Constituciones sobre el testimonio debe hacer a los Hermanos y Hermanas de la Orden Franciscana Seglar siempre más conscientes de que su existencia en la iglesia está justificada sólo por la autenticidad de la vida.

A los Hermanos y a las Hermanas de la Penitencia se les pide ofrecer continuamente, en todas las circunstancias de la vida, la prueba suprema de su fidelidad a Dios, dar cuenta al mundo de la esperanza que está en ellos, atestiguar de forma indiscutible su fidelidad a la alianza suscrita con la Iglesia y con la Fraternidad en el momento de su Profesión.

Por tanto, todas las indicaciones sobre el deber de ser testigos de la misión de la Iglesia y anunciar a Cristo con la vida y con las palabras, y de expresar «su apostolado preferencial» con «el testimonio personal en el ambiente en el que viven» y con el «servicio a la edificación del reino de Dios en las realidades terrenales», contenidas en la Regla, en las Constituciones y en el Ritual, son acogidas y traducidas a la práctica en el pleno conocimiento de la riqueza de contenido recordado por el tema del testimonio cristiano, que es «el» deber fundamental de los discípulos del Señor.

II. El compromiso de la profesión

10. Consagración

La fórmula de la Profesión en la Orden Franciscana Seglar recita:

«Yo, NN., habiendo recibido esta gracia de Dios, renuevo las promesas del bautismo y me consagro al servicio de su Reino» (Ritual II, 31)

Previamente, las «Anotaciones Previas» del Ritual afirman:

«Esta es la naturaleza del compromiso de vida evangélica: renovación de la consagración y las promesas bautismales y de la confirmación. Esto significa: consagración a Dios, en su Pueblo, con todas las consecuencias que de ello dimanan en relación con la vida de unión con Dios y su proyecto de salvación, mediante una consagración, que ha de ser vivida en el mundo» (14a).

El Ritual usa el verbo consagrar, atribuyéndole el significado de entregarse en cuerpo y alma, es decir, dedicar, reservar, destinar a Dios y su servicio exclusivo una cosa o una persona. Es evidente que en el contexto específico del Ritual de la Orden Franciscana Seglar se trata de personas y, consecuentemente, son estas mismas las que deben, en plena libertad, y por tanto también con pleno conocimiento, ofrecerse y darse al Señor.

Bajo este perfil, la Profesión es el acto con el que una persona se pone en manos (mancipar = manus capere) de Dios y se deja tomar por él, con la consecuencia de que, desde el preciso momento de la Profesión, la misma persona no se pertenece más, sino se considera totalmente tomada, como expropiada, a plena, total, incondicional disposición de Dios. En virtud de la Profesión la persona es propiedad de Dios y por ello es «sacra».

Pero en realidad el verbo consecrare y el correspondiente sustantivo consecratio, indican propiamente el acto con el cual Dios toma posesión de la persona (que, habilitada por su don de gracia con el que Él la atrae, se da totalmente) imponiéndole su sello y constituyéndola su propiedad exclusiva.

De por sí, el valor de la consagración está en su dimensión descendente: el hombre es consagrado, recibe la consagración de Dios, que lo arrastra hacia sí y lo transforma interiormente para que pueda vivir la exigencia de un mundo superior.

11. El valor de la Profesión en la OFS

Aquí se injerta también el valor de los términos Profesión y Propósito y de la expresión Promesa de vida evangélica, presente en la Regla, en las Constituciones y en el Ritual de la Orden Franciscana Seglar para indicar el compromiso que los Franciscanos seglares asumen en la celebración de la Profesión.

Estos términos y, sobretodo, Profesión comúnmente sirven para indicar el compromiso de aquellos cristifieles, que se obligan delante de Dios y de la iglesia con los votos de obediencia, pobreza y castidad, emitidos normalmente en un Instituto de Vida Consagrada, erigido canónicamente por la competente autoridad eclesiástica (CIC, can. 573,1-2), y es por ello que el significado de esos aspectos en el contexto de la vida religiosa es el más cercano al que los mismos términos tienen en las actuales fuentes legislativas y litúrgicas de la Orden Franciscana Seglar.

En la Regla, en las Constituciones y en el Ritual de la Orden Franciscana Seglar los mismos términos indican el compromiso, también asumido delante de Dios y de la Iglesia, de observar el Evangelio a la manera de S. Francisco, expresado por parte de los laicos (casados y no casados) y de los miembros del clero secular, que, tanto los unos como los otros, normalmente no están vinculados por los votos de obediencia, pobreza y castidad ni se obligan con ellos, pero intentan vivir en las comunes condiciones del estado seglar.

El lenguaje de la Regla, de las Constituciones y del Ritual, y la realidad que con él se expresa no constituyen una novedad, porqué de siempre la misma legislación de la Orden Franciscana Seglar y todas sus fuentes relacionadas han adoptado los términos promesa, propósito, Profesión.

El Memoriale Propositi[2] habla repetidamente de promissio, promittere.

En el título del segundo capítulo de la Supra Montem está presente el término Profesión, pero el texto del mismo capítulo vuelve a la terminología del Memoriale Propositi.

Sin embargo, tanto en éste como en la Supra Montem, la promissio es considerada una verdadera y propia Profesión, con la cual, después del examen, la vestición y el año de prueba, se concluía la iniciación en la Orden.

Los cuatro elementos del periodo inicial, ahora enumerados, están indicados en el Memorial, al menos desde 1228 y se encuentran en todas las Reglas de los Penitentes franciscanos del siglo XIII, aunque con variantes debidas a las diversas circunstancias. Este modo de proceder al enfrentar a los candidatos a la vida de la fraternidad no fue exclusivo de los Penitentes franciscanos; más bien, refleja fielmente ya sea la mentalidad del tiempo ya sea la legislación eclesiástica válida entonces para todos los “religiosos”.

Cumplido el año de prueba, la promesa constituía el ingreso canónico definitivo en la Fraternidad, y de ésta ya no se podía salir si no era para entrar en una Orden “religiosa” aprobada.

Esta prescripción está presente en la legislación de todos los religiosos de entonces, e indica la estima no sólo por la Regla de un determinado Instituto, sino también por la vida misma que en él se gobernaba con el soporte de la Regla. Los compromisos de la promesa-Profesión, de hecho, son para toda la vida y puedan cambiar sólo en razón de un crecimiento de intensidad.

Todo lo manifestado hasta ahora, en relación a la primitiva legislación de la Tercera Orden Franciscana, nos lleva a centrar los elementos constitutivos de la Profesión de los Hermanos y de las Hermanas de la Penitencia.

Ella conlleva:

a) una obligación contraída ante Dios;

b) el compromiso de observar una forma de vida o Regla;

c) la incorporación definitiva a la Orden.

Los mismos elementos son constitutivos también de la Profesión de los religiosos y esto induce a pensar que el propositum vitae o la promissio de los Penitentes Seglares franciscanos equivalen a una Profesión religiosa.

De esto se deduce que, pese a no tratarse de Orden religiosa en sentido estricto, la consideración de “Orden” es apropiada para la Fraternidad Seglar Franciscana. Si por una parte en ella no se requiere ni la vida común ni los votos, por otra la misma “Orden de la Penitencia” tiene una Regla aprobada de la Sede Apostólica, un noviciado y una Profesión irreversible: es, entonces, una Orden religiosa en sentido amplio o una Orden Seglar.

Consecuentemente, los Penitentes franciscanos de los orígenes no son unos “laicos” o simples fieles; son en cambio “religiosos seglares”, y como tales, pertenecían al estado eclesiástico. De hecho, el “laico” se contrapone al “clérigo”, como el “seglar” se contrapone al “regular”. Es “seglar” el que vive en el saeculum (mundo), sea un lacio, un clérigo o un religioso. En cambio es un “regular” el que vive en un monasterio o en un convento o, de cualquier modo, en una comunidad ligada a la iglesia; el “regular”, a su vez, puede ser sólo religioso o también clérigo.

A lo largo de los siglos, la Orden Franciscana Seglar no sólo ha mantenido la terminología (promissio, promittere) de la primitiva legislación, sino que progresivamente ha ido prefiriendo el uso de Profesión para indicar el compromiso de vida evangélica según la Regla aprobada.

De esto se puede deducir que la fuerte convicción de los orígenes, según la cual la promesa de los Hermanos y de las Hermanas de la Penitencia constituye una real y propia Profesión, haya acompañado constantemente a la conciencia de la Orden Franciscana Seglar.

La misma lúcida conciencia no sólo queda inalterada, sino constatada con mayor vigor y claridad en la Regla de Pablo VI y en las sucesivas Constituciones aprobadas por la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, sin olvidar el Ritual, también aprobado por la Congregación de los Sacramentos y del Culto Divino.

Por ello la Profesión en la Orden Franciscana Seglar tiene la dignidad propia de un compromiso solemne y religioso contraído ante Dios y ante la Iglesia, y no puede considerarse en un rango inferior respecto a la de los “religiosos”, salvo considerando siempre que las dos profesiones se diferencian en el contenido. Pero esto encuentra su origen y motivación sólo en la múltiple acción de la gracia divina y en la diversidad de los carismas.

Por otra parte la Iglesia, aprobando con su autoridad apostólica la legislación fundamental que la Orden Tercera Franciscana ha tenido en el transcurso de los siglos, siempre ha reconocido y convalidado el sentir de la misma Orden acerca del valor de la Profesión en la Fraternidad Seglar Franciscana.

La Orden Franciscana Seglar es una “Orden laica, una Orden real, Ordo veri nominis” que constituye “una escuela de perfección cristiana integral”, precisamente como cada Instituto religioso. En esta “Orden real” se emite una “Profesión real”, que diferenciándose en cuanto al contenido (los votos) de la emitida en los Institutos Religiosos propiamente dichos, tiene su misma dignidad.

12. A la manera de Francisco

El segundo elemento que distingue la Profesión en la Orden Franciscana Seglar viene dado por la imprescindible referencia a San Francisco. Se promete, de hecho, vivir el Evangelio al estilo de San Francisco, siguiendo sus huellas, según su ejemplo y las indicaciones dadas por él, recogidas hoy en la Regla de la Orden Franciscana Seglar.

No por nada nos preocupa subrayar que los franciscanos seglares pretenden vivir el Evangelio al estilo de San Francisco con la ayuda de la presente Regla confirmada por la Iglesia (Regla 2; Cost 1,3; 8,1).

La Profesión en la Orden Franciscana Seglar tiene, por tanto, esta intrínseca configuración. Estamos frente a un enfoque o una óptica particular, de la que desprende que la vida de los franciscanos seglares depende del Evangelio mediatizado por la inspiración y la experiencia de Francisco de Asís, que desde el inicio de su conversión lo toma como norma de su vida y de su actuar.

Pero es necesario precisar que la intención de San Francisco era simplemente la de volver al Evangelio de Jesús.

Por ello, cada vocación franciscana es vocación evangélico-franciscana, no porque la experiencia de Francisco pretenda sustituir el Evangelio, sino porque su mediación consiste en hacerlo transparentemente.

Para los Franciscanos se trata entonces de copiar a Francisco y, como él, no conocer otra Regla ni otra vida que la del Evangelio de Jesús, porque en el origen de nuestra vocación está la mediación de Francisco.

La mediación franciscana del Evangelio se extiende a la Regla de la Orden Franciscana Seglar, a «esta Regla» (y no a otra), en cuanto «confirmada por la Iglesia». Con su suprema aprobación, la Iglesia hace propia la Regla de la Orden Franciscana Seglar (la Regla pertenece a la Iglesia; es res Ecclesiae) y con su autoridad la propone a los franciscanos seglares. De esta forma, la Iglesia no hace otra cosa que transmitir a los mismos franciscanos seglares el anuncio evangélico de la salvación y propone cuatro palabras (evangélicas) que, para los creyentes, son espíritu y vida.

Por tanto, para aquellos que emiten la Profesión en la Orden Franciscana Seglar con el fin de «alcanzar la perfección de la caridad en su estado seglar» (Regla 2), la referencia a Francisco, a la regla y a las Constituciones no es facultativo, sino paradigmático y normativo.

Evidentemente todo depende del modo de entender y de vivir la vocación franciscana. Verdadera Vocación es aquella que abarca todo el ser de la persona, que se convierte en sustancia del mismo ser personal, hasta el punto que el individuo no puede autopensarse ni autodefinirse sino en cuanto llamado y, en el caso específico, en cuanto llamado a la vida evangélico-franciscana.

Regla y Constituciones, por tanto, no son realidades ajenas a la vida del franciscano seglar, sino, dependientes del Evangelio, son ellas mismas la vida del franciscano seglar. Mejor dicho, más que de Regla se deberá hablar de «vida», asumiendo en plenitud la concesión de San Francisco, por la cual la vida es observar el Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo.

A sus compañeros y seguidores, sean religiosos/as o seglares, no intentó presentar normas a practicar, sino simplemente propuso una vida, la que brota del Evangelio. Consecuentemente, en sus Escritos, Francisco, más que de Regla habla de «vida» («Esta es la vida del Evangelio de Jesucristo, que el hermano Francisco pide al Señor Papa Inocencio le fuera concedida y confirmada»: Rnb; FF 2) y cuando habla de Regla, a veces une Regla y Vida (cfr Rb; FF 75). Para Francisco Regla es solamente el Evangelio que se ha de vivir y observar textualmente e integralmente. Deriva de esto el dictado de la Regla de la OFS: «La Regla y la vida de los franciscanos seglares es ésta: guardar el santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo siguiendo el ejemplo de Francisco de Asís» (Regla 4).

En conclusión, la Profesión en la Orden Franciscana Seglar como promesa de vida evangélica al estilo de San Francisco pretende poner ante los ojos el estilo radical, iluminado y alegre con el que Francisco escucha el Evangelio y se compromete a vivirlo.

13. La vida evangélica por la ‘sequela Christi’

Las Anotaciones previas del Ritual de la Orden Franciscana Seglar se abren con esta afirmación:

«Muchos hombres y mujeres, solteros y casados, así como muchos sacerdotes diocesanos, han sido llamados por Dios…, imitando el ejemplo y la forma de vida de San Francisco de Asís…, se comprometen a seguir a Jesucristo y a vivir el Evangelio en Fraternidad, ingresando en la Orden Franciscana Seglar» (Anotaciones previas, n. 1).

El Ritual une la sequela Christi y la vida evangélica porque el fin de la observación del Evangelio es precisamente el de la secuela. De hecho, es esta la intuición carismática de San Francisco, por la que la sequela Christi depende de la observancia del Evangelio. Francisco, de hecho, conoce a Cristo y tiene la experiencia personal de Cristo a través del Evangelio, como de otra forma hace la Iglesia que, guiada por el Espíritu Santo, reconoce a Cristo en el Evangelio y con fe acoge sus obras y sus palabras.

Anticipándose muchos siglos a la enseñanza del Concilio Vaticano II, Francisco siente en el Evangelio la presencia de Jesucristo. El tiene el clarísima conciencia de que el Señor habla directamente, más allá de los límites de espacio y tiempo, a través de la palabra bíblica. En ella ve como la prolongación de la Encarnación del Verbo que le manifiesta la divina voluntad y verdad.

Consecuentemente, para Francisco, la verdad del Evangelio no es algo a saber, sino una persona viva a seguir, una vida a vivir con esta persona, con Cristo. Por esta razón concreta Francisco, instituyendo su fraternidad, no ha querido en absoluto referirse a otras Reglas precedentes. Aceptando el Evangelio, Francisco acoge a la misma persona de Cristo, que le habla y lo invita a seguirlo en todo. El sentido de la secuela adquiere entonces la máxima concreción para Francisco; para él se trata de: seguir la pobreza de Cristo; seguir la humildad de Cristo; seguir la vida de Cristo; seguir los preceptos de Cristo; seguir la doctrina de Cristo; seguir la voluntad de Cristo; seguir la bondad de Cristo; seguir el espíritu de la Escritura; seguir al Buen Pastor; seguir las huellas de Cristo.

Esta última expresión reviste una particular importancia para Francisco. La encontró en la primera Carta de San Pedro, pero del Apóstol, Francisco obtuvo sobretodo la urgencia de seguir las huellas de Cristo, después de que «Cristo sufrió por vosotros dejándoos un ejemplo para que le sigáis las huellas». El significado de la secuela se centra, por tanto, sobre el acontecimiento por excelencia de la vida de Jesús: el sufrimiento y la muerte del Siervo del Señor, soportadas injustamente por la salvación del mundo. Como Pedro, así también para Francisco seguir a Cristo no significa proponer de nuevo los hechos y los gestos de la vida terrena del Señor, sino más bien plantear toda la vida en el conjunto de las exigencias evangélicas, compartiendo e imitando el actuar de Dios que se ha entregado hasta la muerte en la Cruz para la salvación del mundo.

14. Cristo, centro de la vida

A la luz de las precedentes consideraciones se comprende el dictado de la Regla de la Orden Franciscana Seglar, cuando afirma que San Francisco de Asís «hizo de Cristo el inspirador y el centro de su vida con Dios y con los hombres».

Es una implícita exhortación a los que emiten la Profesión en la Orden Franciscana Seglar a hacer lo mismo.

Pero la Regla ofrece también una admirable proclamación cristológica, que ilumina la vida de los que con la Profesión se comprometen a observar el Santo Evangelio, afirmando: «Cristo, don del amor del Padre, es el camino hacia Él, es la verdad en la que el Espíritu Santo nos introduce, y la vida que ha venido a dar en sobreabundancia».

Esta admirable afirmación en el inicio de la Regla debe suscitar a los Hermanos y Hermanas seglares una plena contemplación llena de amor del «don del Amor del Padre», debe orientar constantemente la mirada hacia Jesús, debe determinar una constante verificación de la propia existencia confrontándose con el que es el camino, la verdad y la vida.

Como para Francisco, así también para los franciscanos seglares la secuela de Cristo nace del amor a Él, un amor total y radical que lleva a la imitación de la persona amada y a la unión que conforma en la misma persona amada. La Regla propone precisamente este programa cuando en el n. 10 afirma:

“Asociándose a la obediencia redentora de Jesús, que sometió su voluntad a la del Padre, cumplan fielmente las obligaciones propias de la condición de cada uno, en las diversas circunstancias de la vida, y sigan a Cristo, pobre y crucificado, confesándolo aún en las dificultades y persecuciones”.

En conclusión, para los Franciscanos Seglares, seguir a Cristo y conformarse a Él significa poner en marcha el compromiso de la profesión de observar el Evangelio al estilo de San Francisco viviendo todas las exigencias del Evangelio hasta el fondo, hasta el fin, incluida la muerte, y abrirse así a las promesas proclamadas en el mismo Evangelio.

15. La identidad penitencial originaria

En anuncio evangélico se abre con la llamada a la conversión: “El tiempo se ha cumplido y el reino de Dios está cerca; convertíos y creed en el evangelio” (Mc 1,15). La dimensión penitencial está en el corazón del Evangelio y es esencial para la vida evangélica.

Por este motivo los Franciscanos Seglares, prometiendo vivir el Evangelio, en virtud de su carisma originario se comprometen a llevar una vida penitencial. Como ya se ha subrayado, ellos prometen vivir el Evangelio al estilo de San Francisco y mediante esta Regla autentificada por la Iglesia. (Regla 2; Cost 1,3; 8,1).

Pero “la presente Regla, después del Memoriale propositi (1221) y después las Reglas aprobadas por los Sumos pontífices Nicolás IV y León XIII, adapta la Orden Franciscana Seglar a las exigencias y expectativas de la santa Iglesia en las condiciones de los tiempos” (Regla 3).

Esto expresa el vínculo de la Regla actual con las legislaciones precedentes de la OFS: la Regla se sitúa en el alveo fecundo de la Historia plurisecular del Movimiento Franciscano seglar y sobre todo, se reengancha a la inspiración originaria del mismo Movimiento, expresada en las “nuevas leyes de la Penitencia” (LM 6) dadas por Francisco. Muy probablemente estas “nuevas leyes” coinciden en todo o en parte con la Carta a los fieles.

Fue precisamente gracias a estas “nuevas leyes”, que también los penitentes ascendieron a un estado de “no mediocre perfección” (Julián de Spira, Vida de san Francisco).

Por esta razón, como prólogo de la nueva Regla, bajo el título “Exhortación de San Francisco a los Hermanos y a las Hermanas de la Penitencia, se ha insertándo la recensio prior de la misma Carta a los Fieles, que a justamente debe considerarse como la fuente inspiradora y constitutiva de toda la tradición y la espiritualidad de la OFS.

En las dos las recensiones (prior y posterior) de la misma Carta, Francisco pide a los laicos que le quieran seguir, con insistencia y como cosa natural, una forma radical de vida cristiana, y se esfuerza para obtener de estos cristianos una renovación de su vida según la forma del Santo Evangelio.

Raramente la Forma de vida franciscana, que debe unir a los hermanos menores, la “damas pobres” y a los Hermanos y Hermanas de la Penitencia”, ha sido presentada de una manara tan clara, amplia y profunda como sucede en esta Carta.

Por obra del Espíritu del Señor, se cambian los valores de una vida humana puramente natural, que es la vida terrena seguida por la casi totalidad de los cristianos, no obstante del sermón de la montaña, y el Evangelio. De aquellos que le siguen, Francisco exige sin compromiso aquello que el cristianismo tiene de radical y de contra natura. Con sorprendente naturaleza en el lugar del “espíritu de la carne” y del yo humano - egoísta, autoritario, que se pone en evidencia - él pone el “espíritu del Señor, es decir, pensar, querer, vivir y obrar según el Evangelio puro.

¡Este modo de vivir es la “Metanoia”, el “agere poenitentiam” de San Francisco! Este es el origen de la penitencia entendida en sentido franciscano.

Por tanto los Franciscanos Seglares:

“Cual “Hermanos y hermanas de la penitencia”, en virtud de su vocación, impulsados por la dinámica del Evangelio, conformen su modo de pensar y de actuar al de Cristo mediante un cambio radical interior que el mismo Evangelio llama con el nombre de “conversión”, la cual por fragilidad humana,, debe ser actualizada cada día” (Regla 7)

16. Secularidad

El Ritual de la Orden Franciscana Seglar habla expresamente de «consagración que se vive en el mundo» y de «voluntad de vivir en el mundo y por el mundo» (Anotaciones previas 14 a, d). Por otra parte la Regla desde el inicio se preocupa de precisar el ámbito en el que los Hermanos y Hermanas de la Orden Franciscana Seglar, animados por el Espíritu, pretenden alcanzar la perfección de la caridad: el propio estado seglar (Regla 2).

Estado seglar o Secularidad y mundo son, por tanto, dos coordinadas existenciales para comprender la identidad específica de los miembros de la Orden Franciscana Seglar y su particular misión que nace de la Profesión.

La secularidad, antes de nada, indica una condición existencial y sociológica: es estar en el mundo como criaturas humanas y comunidad de hombres y mujeres. Bajo este aspecto, la secularidad es una dimensión que pertenece a la existencia humana y al situarse en relación con los demás; reside en toda la trama de relaciones geográficas, históricas, culturales y sociales en las que se ha nacido y se vive. La secularidad es un dato natural, independiente de la libre elección del individuo: seglar se nace, no se hace.

Pero hay también una dimensión teológica de la secularidad.

En este sentido es asumir conscientemente la propia condición natural para convertirla en el «signo» y «lugar» específico, la dimensión cualificante de la propia vocación en la acogida del «ya» y del «no todavía» del esjaton de Cristo y de la Iglesia.

Bajo este aspecto, la secularidad viene de la aceptación de la intervención Dios en la historia humana y de su «hacerse», y se expresa como reconocimiento de un mundo (el saeculum) en el que opera el Espíritu para la «recapitulación» de todas las cosas en Cristo. A este nivel, la secularidad no es un dato sólo natural, sino que indica la libre elección de quien, en la fe, pretende poner su propia existencia al servicio del reino de Dios.

Así, la propia condición existencial y sociológica asume un espesor teológico, se convierte en una vía específica para realizar y testimoniar la salvación.

En ese sentido se puede legítimamente hablar también de «estado seglar consagrado a Dios», ya que es este mismo estado el que está dedicado a Él, puesto en sus manos como instrumento del que servirse para asegurarse de la salvación del mundo.

A su vez, el mismo mundo asume una valía teológica.

A la luz de la Gaudium et Spes, el mundo es «toda la familia humana en el contexto de todas aquellas realidades en las que vive; el mundo que es teatro de la historia del género humano, y deja ver los signos de sus esfuerzos, de sus derrotas y de sus victorias, el mundo que los cristianos creen creado y conservado por la existencia del amor del Creador, mundo ciertamente puesto bajo la esclavitud del pecado, pero por Cristo Crucificado y resucitado, con la derrota del mal, liberado y destinado, según el propósito divino, a transformarse y a alcanzar su cumplimiento» (GS 2).

El ser y la acción de los laicos y de los franciscanos seglares se mete en este contexto de «mundo». Viviendo en el mundo, tienden a la perfección de la caridad y se comprometen a la santificación del mundo, actuando dentro del mundo.

Los franciscanos seglares, como todos los fieles laicos, están llamados a guiar su propia vida en las situaciones ordinarias del mundo, y dentro del ámbito específico «mundano» participan en la misión evangelizadora de la Iglesia.

El amor del cristiano por el mundo brota, por tanto, del deseo de entrar más profundamente en el amor de Dios por el mundo y participar así en primera persona en la actuación de aquel amor que el Padre ha revelado enviando a su hijo unigénito al mundo. Consecuentemente el mundo se convierte en el «lugar» en el que vivir la sequela Christi y en el que santificarse: no a pesar o no obstante a la inserción en el mundo, sino precisamente en él y mediante él (in saeculo et ex saeculo).

Sin embargo, la Encarnación, que también testimonia el amor de Dios por el mundo, es el misterio que hace comprender al modo en el que el mismo mundo debe ser ordenado según Dios y cambiado desde el interior.

La Encarnación ha llegado a través de una kenosis escondida, con el desnudo del Hijo de Dios humillado hasta la inmolación en la Cruz.

Quien quiere ser discípulo de Cristo, debe negarse a sí mismo, tomar cada día su cruz y seguirlo para ser al final crucificado en el mundo. El mundo, de hecho, puede ser cambiado sólo con la ascesis de la secuela, porque es el hombre nuevo, redimido por Cristo y purificado constantemente por la penitencia, que edifica la nueva sociedad; es el hombre nuevo que da vida a un desarrollo al servicio del hombre y no contra el hombre.

Profesando una forma de vida evangélica, viviendo su consagración a Dios en el mundo y por el mundo, y «transfiriendo a la realidad terrena el auténtico espíritu del Evangelio» (Ritual, III. 46), los franciscanos seglares testimonian que la santificación del mundo pasa necesariamente por la santificación del hombre, porque este mundo puede ser transformado sólo con el espíritu de las bienaventuranzas (cfr. LG 31).


[1] Epíclesis es el nombre que recibe en la celebración de la misa la parte que se dedica a la invocación del Espíritu Santo. Deriva del término griego epíklesis. Como no es posible ninguna liturgia sin la presencia del Espíritu Santo, la epíclesis es una dimensión fundamental de toda celebración litúrgica. Y puesto que el Espíritu Santo está presente y actúa en la vida de la Iglesia, su presencia y su acción se requiere para la vida de los miembros del Cuerpo de Cristo, especialmente, en la acción litúrgico-sacramental. En todo sacramento o acción litúrgica, en cuanto acontecimientos de culto de la nueva economía de salvación “en espíritu y en verdad", siempre está presente el Espíritu Santo actuando en plenitud: siempre tiene lugar la introducción del Espíritu Santo por medio de su presencia invocada (epíclesis).

[2] Regla para todos los penitentes, del año 1221, valida también para los penitentes franciscanos hasta el 1289, año en el cual Nicolás IV promulgó la regla propia de los Franciscanos Seglares, conocida con el nombre de Supra Montem.

Extraído de http://www.ciofs.org/doc/kia8/kia8es11.htm acesso em 3 Dez. 2008.

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